Existe un catálogo de delitos en el Código Penal que, en caso de ser cometidos, transfieren la responsabilidad penal a las empresas, sus órganos de administración y dirección.
Las consecuencias asociadas a la comisión de delitos que pueden ser críticas: multas, prohibición de contratar con la administración pública, intervención judicial de la empresa, disolución de la empresa, …
Puede mitigarse y liberarse a las empresas, sus administradores y dirigentes, de dicha responsabilidad penal, con base en el art. 31.bis del Código Penal, disponiendo de un programa de cumplimiento normativo, conocido como “compliance”, a través del cual se establecen las políticas, normas, procesos y controles tendentes a prever y evitar a la comisión de delitos.
Contacta con nosotros si deseas más información sobre los delitos que pueden generar esta situación, las consecuencias asociadas y la realización de un programa de compliance para amortiguarlo y evitarlo.